este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA POR MAYULY KARINA ALVIARES CHACON, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
Fecha de Ingreso: 02-05-2006.
Fecha de Egreso: 09-10-2007.
Tiempo de Servicio: 1 años, 5 meses y 08 días.
PRIMERO: Queda establecido que el tiempo de servicio prestado es de 01año, 5meses y 08 días y que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario devengado por el demandante durante la vigencia de la Relación Laboral.
SEGUNDO: Por concepto de ANTIGÜEDAD, le corresponde 71,5; para un total de Bs. 3.938,08.
TERCERO: Por concepto de VACACIONES, le corresponde del 2006 al 2007, 15 días a lo que equivale a Bs. 2.471,07 y por.....