Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ANULA las actuaciones de la primera instancia a partir de la fijación de los carteles de notificación y REPONE LA CAUSA al estado de practicar nueva citación de los demandados de autos.
En consecuencia, se ordena la renovación de los actos procesales conducentes de conformidad con lo establecido en el Capítulo II, Título IX de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por ante el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio de esta Circunscripción Judicial que resulte distribuido al efecto.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada del presente fallo y remítase al Coordinador Judicial del Circuito una vez quede firme esta decisión, a los fines de su distribuci.....