CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos HUGO RAFAEL GONZALEZ JIMENEZ y GLADYS MARLENE GUILLEN MAIZO venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Números V-6.479.674 y V-8.178.271 respectivamente, debidamente asistidos por la Profesional del Derecho YANNIS LAVORDA, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 79.567, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia, declara DISUELTO, el vínculo matrimonial que contrajeron los ciudadanos HUGO RAFAEL GONZALEZ JIMENEZ y GLADYS MARLENE GUILLEN MAIZO, en fecha 15 de octubre de 1990, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas, cuya Acta de Matrimonio corre inserta bajo el N°. 45, folio 45 de la mencionada fecha.
En cuanto a su hija habida en el matrimonio de nombre ANDREA LISBETH GONZALEZ GUILLEN de trece (13) años de edad, de conformidad con lo establecido en el artículo 351 de l.....