"...Con los elementos que cursan en las actas procesales, este Juzgado del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION, incoada por la ciudadana YENNIFER YULEINY ESCALANTE CASTILLO, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-17.496.248, mayor de edad y hábil, domiciliada en el Barrio Las Americas, vereda uno, casa N° 1-13 La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira, actuando en nombre y representación de su hijo XXX (03 años de edad).
SEGUNDO: Se establece como OBLIGACIÓN DE MANUTENCION que el obligado, FRANKLIN JOSE DURAN ROJAS, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-19.035.043, debe pagar para su hijo XXX, la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs 250,oo) mensuales, ó la cantidad de CIENTO VEINTICINCO BOLÍVARES (Bs. 125,oo) quincen.....