Por los fundamentos expuestos este Juzgado Quinto de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, con sede en Cabimas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA; PRIMERO: mantiene las modalidades de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de libertad que le fueron impuestas al ciudadano JOSE GREGORIO VARGAS MORON : Venezolano, natural de Siquisique, Estado Lara, de 31 años de edad, fecha de nacimiento 04-09-1978, soltero, albañil, Portador de la Cedula de Identidad V- 15.777.286, hijo de los ciudadanos Rosa Antonia Morón (DIF) Y Eloy José Vargas Vargas, residenciado en la avenida Córdova, donde esta el antiguo Burlai ( Tasca), vivo en la parte de atrás del negocio, Ciudad Ojeda, Estado Zulia, Teléfono: no porta , manifestó saber leer y escribir, por aparecer incurso en la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y .....