Primero: Declara con lugar la inhibición propuesta por la Abogada Aura María Ochoa Arellano, Jueza Temporal del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, contenida en acta de fecha 16 de marzo de 2005, por considerar que se encuentra incursa en el numeral 19º, del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, para conocer del recurso de hecho interpuesto por la representación de la parte demandada, contra el auto de fecha 28 de febrero de 2005, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial.
Segundo: Remítase con oficio, copia certificada de la presente decisión, a los Juzgados Superior Segundo, Tercero y Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente y Agrario el último de los nombrados de esta Circunscripción Judicial.