Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con Lugar la Solicitud de Fijación de Obligación de Manutención formulada por la ciudadana YEINNY ALEXANDRA PATIÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-13.682.156, domiciliada en Tucapé, Municipio Cárdenas, Estado Táchira y hábil, en su carácter de madre de la niña (omitido por art. 65 LOPNA), contra el ciudadano JORGE ALEXANDER PEROZA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.V-13.682.798, domiciliado en Barinas, Estado Barinas y hábil.
SEGUNDO: Se fija como Obligación de Manutención para la niña (omitido por art. 65 LOPNA), la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.200,00) mensuales, la cual deberá ser pagada dentro de los cinco primero.....