Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Declara CON LUGAR la aprehensión de los Imputados: 1.- JUAN CARLOS BLANCO BRICEÑO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de 28 años de edad, fecha de nacimiento14-06-1.981, concubino, de profesión u oficio albañil, cedula de identidad N° V-22.754.379, hijo de CARMEN BRICEÑO Y CARLOS BLANCO, residenciado en el Barrio Los Membrillos, a cuatro casas del MERCAL, casa de Olga Albornoz Rancho; y, 2.- YAIR ENRIQUE OLIVERA GALBAN, quien dijo ser de nacionalidad colombiana, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 06-12-1991, soltero, de profesión u oficio obrero, cedula de identidad N° Indocumentado, hijo de LOLA GALVAN y MANUEL OLIVERAS, residenciado en Vía Cachiri, Sector Paraíso, al lado de la Hacienda Borinquen, Distrito.....