Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara IMPROCEDENTE la presente solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por los ciudadanos HEIDY HEREZADE CAMBA, DOUGLAS ANSELMO MORA, HENRY HAROLD CAMBA, LEYDA JOSEFINA SANTANA DE CAMBA, CARMEN JOSEFINA SANTANA HURTADO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 11.057.075, 15.779.873, 12.163.988, 3.889.011 y 6.469.519, respectivamente, actuando como Junta Directiva " El Rey de La Sabana 511, R. L", inscrita por ante el Registro Inmobiliario Segundo Circuito Municipio Vargas del Estado Vargas, bajo el Nº 34, protocolo 10, tomo 3º, de fecha 04 de febrero de 2005 y acta de asamblea registrada en fecha 09-02-2009, e inscrita en la Superintendencia Nacional de Cooperativas en fecha 13 de julio de 2005.