III
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones y con fundamento en lo establecido en los Artículos 26 y 49 de nuestra Carta Constitucional y las disposiciones legales y jurisprudenciales antes transcritas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR El RECURSO DE HECHO interpuesto por el abogado JORGE IVAN MARQUEZ RAMÍREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.990 en su carácter de beneficiario por endoso simple de una (1) letra de cambio, parte Demandante en la causa civil N° 36.349 de la nomenclatura llevada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, contra el auto de fecha 8 de abril de 2022.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 8 de abril de 202.....