Acordó revisar la sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Juicio Circunscripcional de fecha 18 de Junio del año 2001, mediante la cual condenó al ciudadano LUIS HORACIO VIVAS, quien es de nacionalidad venezolana, natural de san Cristóbal, Estado Táchira, nacido en fecha 27.07.52, de 54 años de edad, hijo de Eva Vivas y de padre desconocido y titular de la Cédula de Identidad No. 5.023.734, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION y, en su lugar se rebaja la misma a DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Todo de conformidad con lo establecido en el numeral 6º del artículo 470 en relación con la parte infine del artículo 475, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. De la misma manera deberá cumplir con las penas accesorias que le f.....