DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda intentada por la ciudadana LUDY ESPERANZA PRATO VIVAS, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.-9.219.600, domiciliada en el Municipio San Cristóbal, Estado Táchira y hábil, por reconocimiento de unión concubinaria contra los ciudadanos DAVID CIPRIANO SILVA PRATO, ELVIA ESPERANZA SILVA PRATO, DANIEL FRANCISCO SILVA PRATO, KAREN DANIELA SILVA PRATO, CLAUDIA BEATRIZ SILVA TORRES, MAYRA SILVA TORRES y WUILLIAN SILVA TORRES venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-16.229.541, V.-18.791.381, V.-21.001.041, V.-21.001.005, V.-11.495.414, V.-11.495.291 y V.-14.348.545 en su orden y.....