este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le imparte su HOMOLOGACION y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil; en tal virtud, se LEVANTA la medida preventiva de secuestro decretada en fecha 19/05/2005, y practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 13/06/2005, sobre un inmueble consistente en un local comercial con dos áreas para oficina, un área de depósito, ubicado en la calle 12, con esquina de la carrera 15, N° 16-2, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, así como EL APOSTAMIENTO POLICIAL acordado en esa misma fecha, sobre el.....