SE Embargó ejecutivamente un terreno propio y el galpón sobre él construido ubicado en sabana Larga, Vía El LLano, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal, se avaluo prudencialmente en la suma de Bs.300.000.000,oo y se le entregó de manera formal a la depositaria judicial la Seguirdad. Ahora bien, por cuanto la ejecutada ocupa el inmueble y ha solicitud del apoderado actor, se le fijó un canon prudencial de Bs.500.000,oo que deberá pagar por pagos anticipados y los primeros cinco días de cada mes por ante el Tribunal de la causa. Cumplida se ofició a la Oficina de Registro Inmobiliario respectivo.