este Órgano Jurisdiccional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la conversión en DIVORCIO de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos MARCOS JAVIER NIETO LABRADOR y DEICY DANIELA MEDINA SOSA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad nos. V-19.033.474 y V-25.495.826, respectivamente, en su orden.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 184 y 185 del Código Civil, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre los mismos, por acto celebrado en fecha el (21) de Diciembre 2012, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Cordoba del Estado Táchira, según acta de matrimonio N° 135.
Publíquese, regístrese y expídase copia certificada de la presente decisión. Ofíciese lo conducente a los registros respectivos, a los fines de que se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de matrimonio N° 135. Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Da.....