EN CONSECUENCIA, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de la ciudadana MILEYDI ANDREINA MENDEZ TAPIAS quien dice ser de nacionalidad colombiana, mayor de edad, natural de Ragombalia Norte de Santander Colombia, nacida en fecha 04 de septiembre de 1983, de 25 años de edad, hija de Carmen Tapias (v) y de José Méndez (v) titular de la cédula de identidad E- 84.278.297, soltera, de profesión u oficio administradora de supermercado, domiciliada la carera 10 y 11 N° 10-37 barrio Curazao, teléfono 0424-7198468; por la presunta comisión del delito de ACAPARAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 138 de la Ley Para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, en perjuicio del estado .....