....En este estado el Tribunal precede a declarar formalmente Secuestrado el presente Inmueble comprendido dentro los siguientes linderos: NORTE: Colinda con la calle 8; SUR: Con mejoras son o fueron de Carmen Chacón; ESTE: Con propiedades de los ciudadanos Luis Andrés Labrador Sánchez, Ramona Labrador de Sánchez y Ana Cecilia Labrador Sánchez; y OESTE: Con mejoras que son o fueron de Juan Gálvis; y conforme a lo ordenado por el Tribunal de la Causa se acuerda el depósito del presente inmueble en la persona de sus propietarios ciudadanos: LUIS ANDRÉS LABRADOR SÁNCHEZ y ANA CECILIA LABRADOR SÁNCHEZ, representados en este acto por la abogada en ejercicio Angélica Mendoza, ya identificada, a tal efecto se le impone de las obligaciones y deberes inherentes a tal designación. El Tribunal deja constancia que no fue posible la práctica de la medida complementaria de apostamiento policial por cuanto no se recibió el apoyo solicitado a la Dirección de Seguridad y Orden Público del Estado Táchi.....