Concluido como ha sido el trámite inherente a la presente solicitud, interpuesta por la ciudadana MARIA RAQUEL SALGADO venezolana, mayor de edad y titular de la cédula N°6.873.245, debidamente asistida de abogado, mediante la cual solicita le sea decretado Título Supletorio suficiente a su favor, sobre un inmueble ubicado en Punta Care, Sector San Francisco, Carretera Vía Los Caracas, Casa La Raquelita, Jurisdicción de la Parroquia Naiguatá, Municipio Vargas del Estado La Guaira, código catastral N° 24-01-09-U01-006-S/C, tal como se evidencia del Informe de Inspección NºDPPCUC-OMT-248-2022, emanado de la Dirección del Poder Popular para el Control Urbano y Catastro, Coordinación de Catastro. Vistas las probanzas aportadas y analizadas se evidencia que el espacio de terreno donde se encuentran construidas las bienhechurías descritas "NO ES PROPIEDAD DEL MUNICIPIO VARGAS", por lo que habiendo constancia en autos del respectivo certificado, cuyo contenido se adminicula a las declaraciones.....