se presume la Admisión de los Hechos alegados y probados por el demandante cuyas pruebas se consignan en este acto en escrito de pruebas 02 folios útiles, más 15 anexos, y en tal sentido: este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLAR CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA POR:, OSCAR ENRIQUE VERGARA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad nro: V- 5.686.968, condenándose a la parte demandada, al pago de los siguientes conceptos y montos:
Fecha de Ingreso: 01-07-2010.
Fecha de Egreso: 26-05-2011.
Tiempo de Servicio: 11 meses y 05 días.
-Queda establecido que el tiempo de servicio prestado es de 11 meses y 05 días; y que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario devengado por el demandante durante la vigencia de la Relación Laboral.
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