DISPOSITIVO
En mérito de los precedentes razonamientos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la oposición interpuesta por el Abogado Erick Alexei González Chacón, supra identificado, asistiendo en este acto a la ciudadana demandada María Irma Mora De Mora, titular de la cédula de identidad N° V.-11.370.137, identificada en autos, sobre el decreto de la Medida Cautelar de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada, mediante sentencia dictada en fecha 28/09/2017. En tal virtud, se mantiene en todo su vigor la referida medida.
SEGUNDO: En virtud de la materia y dado su carácter social, no se hace condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Pro.....