DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedente, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta CON LUGAR la solicitud de DESESTIMACION de la causa, seguida contra de l funcionarios del INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICIA Y CIRCULACIÓN DEL ESTADO VARGAS. Todo de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal