En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 12 de junio de 2017.
SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE la demanda interpuesta por la ciudadana Olga Gómez Arias contra el ciudadano Enrique Rivera, por prescripción adquisitiva de un inmueble ubicado en la calle 11, N° 1-56, Barrio La Victoria, Parroquia Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira, sobre el cual se encuentra edificada una casa.
TERCERO: Queda REVOCADA la decisión de fecha 18 de abril de 2017 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, objeto de apelación.
CUARTO: .....