este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
1.-) Se declara CON LUGAR, la demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, interpuesta por el ciudadano ROOSVELT DARIO GUIRAL ACOSTA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.349.547, contra el ciudadano JEAN CARLOS MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.023.353.
2.-) Se declara INADMISIBLE la reconvención interpuesta por la parte demandada, contra la parte actora.
3.-) Se ordena a la parte demandada la entrega del local comercial que forma parte de la casa de habitación (donde funciona el taller mecánico), ubicado en la calle el Alto, Barrio Bolívar, Casa S/No. Frente a la Urbanización el espinalito, Parroquia San Juan Bautista.....