DISPOSITIVO
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la Cuestión Previa, referida en el ordinal 8º del artículo 209 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, concatenada con el artículo 346 del Código de Procedimiento Civil opuesta por Abogado Rafael Napoleón Villegas Ávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 18.614, en su carácter de apoderado judicial Ángel Ignacio Chacon Mejía, Marcelina Cárdenas de Chacón, Elda de Jesús Chacón Cárdenas y Héctor Manuel Tarazona Gonzáles, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.- V-177.130, V-4.203.620, V-5.644.314 y V-12.464.795, respectivamente, con domicilio los tres primeros en Final de la Avenida Carabobo, Quinta Los Amigos, N° 21-316, San Cristóbal, Municipio San C.....