CONDENA a la ciudadana CARMEN ANOIRSA RONDON MAITA, portadora de la cédula de identidad N° V-8.534.693, a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, con aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Asimismo, la condena a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 61, ordinal 4°, de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y en el artículo 16 del Código Penal. TERCERO: Se le exonera al pago de las costas procesales, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. CUARTO: En base a la pena impuesta y al tiempo que tiene detenida la acusada de autos, se fija p.....