CONDENA al Ciudadano CARLOS ARLEX CABANZO MENDOZA, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de Barquisimeto, Estado Lara, con fecha de nacimiento el 29 de Junio de 1967, de 37 años de edad, de Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio Taxista, titular de la Cedula de Identidad Numero V: 9.617.759 y residenciado en Calle 22 con 54 y 55 numero 22-96, Barquisimeto, Estado Lara, A CUMPLIR LA PENA DE DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, en el establecimiento penitenciario que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, COMO AUTOR RESPONSABLE DE LA COMISIÓN DEL DELITO DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virtud de la aplicación del Procedimiento Por Admisión de los Hechos previsto en el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal