RESUELVE:
PRIMERO: ORDENA la LIBERTAD del penado, NELSON DEL CARMEN PERNIA RAMÍREZ, de las condiciones civiles antes mencionadas, a fin de que tramite en libertad el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo establecido en los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 480 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: IMPONE las siguientes condiciones a las cuales debe someterse el penado NELSON DEL CARMEN PERNIA RAMÍREZ, quien deberá cumplir en tanto gestiona el señalado beneficio:
1. Presentarse en el día hábil inmediato siguiente de su notificación por ante la Unidad Técnica N° 03 de Apoyo al Sistema Penitenciario y por ante este Tribunal cuando sea requerida su comparecencia.
2. Prohibición de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes o Psicotrópicas y frecuentar lugares de expendio y consumo de las mismas.
3. Cumplir con sus compromisos familiares.
4. Observar buena conducta en cualq.....