Vista la diligencia de fecha primero (01) de abril del año dos mil once (2011), suscrita por el Profesional del Derecho RAFAEL BALMORES CHIRINOS, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demanda, mediante la cual Desiste del presente procedimiento de Tercería o llamado de un Tercero Interviniente, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, en consecuencia, HOMOLOGA el Desistimiento, en los términos expuestos. Es todo.