En orden a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante, mediante diligencia de fecha 3 de febrero de 2016.
SEGUNDO: CONFIRMA el auto proferido en fecha 1 de febrero de 2016 por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio García de Hevia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, debiendo dar cumplimiento el mencionado tribunal a la medida cautelar innominada dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la decisión N° 1171 de fecha 17 de agosto de 2015, expediente N° 15-0484, mediante la cual acordó suspender las ejecuciones de desalojos forzosos en causas inquilinarias hasta que se proceda a la r.....