ste tribunal Homologa asi: PRIMERO: El ciudadano JESÚS JAVIER BLANCO antes identificado, ofrece como cuota de Obligacion de Manutención la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.500,00) mensual, los cuales serán depositados a la cuenta de la madre DANIELA ROSMERY CHACÓN RIVERA, quien manifiesta su aceptación al ofrecimiento realizado.
SEGUNDO: Para los demás gastos como atención médica, vestido, recreación, navidad y cualquier otro gasto adicional será compartido en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de los padres
TERCERO: La madre: DANIELA ROSMERY CHACÓN RIVERA manifiesta estar de acuerdo con lo propuesto por el ciudadano. JESÚS JAVIER BLANCO
CUARTO: Las partes están de acuerdo en solicitar la Homologación de la presente acta, ante el juzgado de Municipio Córdoba para que la misma sea debidamente homologada, dentro de los tres días siguientes a la recepción del acuerdo conciliatorio, según lo establecido en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.....