se declaro UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos ZOILA VIRGINIA HERNANDEZ DE DOMINGUEZ, JANY DEL CARMEN DOMINGUEZ LOZANO y PAUL JOSE DOMINGUEZ HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros. V-9.997.243, V-15.544.424 y V-20.190.651; respecto a el De-Cujus PABLO JOSÉ DOMINGUEZ UBARTE, ex titular de la cedula de identidad Nro. V-6.476.416.