EL JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declaró:PRIMERO: SIN LUGAR la apelación propuesta en fecha veintiuno (21) de abril de 2017 por la representación de la parte demandada contra el auto proferido por el a quo el día siete (07) de abril del año en curso.SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto proferido por el Tribunal de la causa dictado en fecha siete (07) de abril de 2017. TERCERO: SE CONDENA en costas a la parte demandada y aquí recurrente conforme al artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.Queda así CONFIRMADA la decisión apelada.