PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACIÓN propuesta en fecha 9 de mayo de 2019 por la ciudadana CARMEN SOFÍA GÓMEZ MALATESTA asistida por el abogado LUIS DAYAN PRATO ZAMBRANO contra la ciudadana FANNY TRINIDAD RAMÍREZ SÁNCHEZ, Jueza Primera de Primera Instancia Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se impone a la parte recusante una multa de dos bolívares (Bs. 2,00). Este tribunal, por cuanto en fecha 25 de julio de 2018, según decreto N° 3.548, publicado en Gaceta Oficial N° 41.446 de esa misma fecha, se ordenó a partir del 20 de agosto de 2018, re-expresar la unidad del sistema monetario de la República Bolivariana de Venezuela, en el equivalente a cien mil bolívares (Bs. 100.000,00), ordenando que todo importe expresado en moneda nacional antes de la citada fecha, debería ser convertido a la nueva unidad, dividiendo entre cien mil bolívares, por lo que al realizar la operación aritmética resulta que: 2,00/100.000,00= 0,00002, monto .....