Este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Táchira, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA POR: LENNIS DEL VALLE COLMENARES, titular de la Cédula de Identidad nro: V-8.107.009, condenándose a la parte demandada en base a los artículos establecidos bajo la LEY ORGANICA DEL TRABAJO, los TRABAJADOS Y las trabajadoras, al pago de los siguientes conceptos y montos:
Fecha de Ingreso: 10-11-2014.
Fecha de Egreso: 01-01-2016.
Tiempo de Servicio: 01 año, 01 mes y 22 días.
-Queda establecido que el tiempo de servicio prestado es de 01 año, 01 mes y 22 días; y que para el cálculo de los derechos a condenar su pago se toma el salario devengado por el demandante durante la vigencia de la Relación Laboral.
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- Por concepto de DIFERENCIA DE ANTIGÜEDAD, le corresponden 70 días, para u.....