Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juez Cuarto de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, AUTORIZA AMPLIA Y SUFICIENTEMENTE A LOS NIÑOS: (SE OMITE SU NOMBRE, CONFORME A LA SENTENCIA CON CARÁCTER VINCULANTE DICTADA EN EL EXPEDIENTE N° 13-0318, DE FECHA 12 DE NOVIEMBRE DEL 2013, POR LA SALA CONSTITUCIONAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA.), , para que viajen en compañía de su progenitora la ciudadana ROSIBEL BARBARA SANCHEZ RAMIREZ, venezolana, titular de la cedula de identidad N°V 17.370.446, con el siguiente itinerario: Salida el día 03 de octubre de 2016 por la Aerolínea Conviasa Vuelo 3012 Caracas – Venezuela Aeropuerto Simon Bolívar con destino a Madrid – España y retorno : el día 01 de Noviembre de 2016 por la Aerolínea Convia.....