Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos.
1. DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir una cuarta parte (1/4) de la pena, la cual cumplió el 17-04-2003 a las 23 horas, 37 minutos y 30 segundos.
2. ESTABLECIMIENTO ABIERTO: Al cumplir una tercera parte (1/3) de la pena, la cual cumplirá el 17-02-04 a las 23 horas, 37 minutos y 30 segundos.
3. LIBERTAD CONDICIONAL Al cumplir las dos terceras partes (2/3) de la parte de la pena, la cual cumplirá el 17-06-2007 a las 23 horas, 37 minutos y 30 segundos.
4. CONFINAMIENTO: Al cumplir las tres cuartas (3/4) de la pena, la cual la cumplirá el 17-04-2008 a las 23 horas, 37 minutos y 30 segundos.
5. La totalidad de la pena impuesta la cumplirá el 17-10-2010 A LAS 23 HORAS, 37 MINUTOS Y 30 SEGUNDOS.