DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo penal en funciones de Control, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Representación Fiscal en consecuencia otorga Prorroga de 15 días de conformidad con lo contenido en el articulo 250 en su 4to y 5to aparte del Código Orgánico Procesal Penal, que serán contados partir del vencimiento del lapso de Treinta (30) días para la presentación de la acusación que hubiere lugar. Y ASI SE DECIDE.