este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NUMERO SIETE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE: 1.- Acusación presentada por la Fiscalía Primera del Ministerio Público en contra de ADAN ALIRIO MEZA, de nacionalidad colombiana, indocumentado, natural de San José de Cúcuta, República de Colombia, nacido en fecha 15-08-1.961, de 42 años de edad, estado civil casado, de profesión u oficio jardinero, residenciado en San Josecito, Barrio Walter Márquez, calle principal, casa sin número, Estado Táchira, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 3 de la ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo automotor en concordancia con el artículo 83 del Código penal, en perjuicio de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. 2.- Acusación presentada por la Fiscalía Décimo.....