DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensa de la ciudadana ZULEIMA ARELIS ROMERO ALEMÁN y en consecuencia se MANTIENE la medida de privación judicial preventiva de libertad decretada en su contra, acordada el 25 de los corrientes, al apreciar en concreto la magnitud del daño y la eventual pena que podría imponerse, manteniéndose la presunción legal del peligro de fuga como lo establece el artículo 251 del Código Orgánico Procesal Penal en relación con los numerales segundo y tercero, toda vez que el procedimiento se encuentra asegurado con la imposición y mantenimiento de la medida impuesta.