Por las razones antes expuestas, este Tribunal SEGUNDO de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra las Mujeres del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECIDE: PRIMERO: Declara con lugar el procedimiento de Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: DECRETA MEDIDA CAUTELAR PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano: KEIDER LUIS CABRERA PAEZ, Venezolano, mayor de edad, estado civil soltero, fecha de nacimiento 22-03-1987, titular de la cédula de identidad No 18.429.010, hijo de GLADYS CABRERA Y LUIS HERNANDEZ, residenciado en la urb; RAUL LEONIS 2 ETAPA BLOQUE 8, EDIF 4, APART 00-01, MARACAIBO Estado Zulia. de conformidad con el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ordinales 3° y 6°, Ordinal 3°:.....