Primero: Decreta la Prescripción de la sanción impuesta al adolescente para el momento del hecho(omitido por disposición legal); quien fue sancionado a cumplir la medida de REGLAS DE CONDUCTA, POR EL LAPSO DE DOS (02) AÑOS, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes; por la comisión del delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 1 y 2 numerales 4, 5 y 7 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, en concordancia con el artículo 80 segundo aparte del Código Penal; de conformidad con lo establecido en el artículo 616 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Segundo: Ordena la Cesación de la medida de REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de dos (02) años, de conformidad con lo establecido en el artículo 624 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, decretada al adolescente para el momento de los hechos(omitido por disp.....