De conformidad con lo establecido en los Artículos 26, 49 y 257 de la Constitución Nacional, Artículo 33 del Decreto Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, así como por los demás fundamentos de hecho, de derecho, y Jurisprudenciales ya expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la Demanda que por Resolución de Contrato de Arrendamiento y Resarcimiento por Daños y Perjuicios, fue incoada por el ciudadano LUIS JESUS CAPRARO MENDOZA, en contra del ciudadano JOHNNY JOCSAN SALAZAR DUARTE, ambas partes, suficientemente identificadas en la presente decisión.
SEGUNDO: Se declara Resuelto el Contrato de Arrendamiento, suscrito entre los ciudadanos LUIS JESUS CAPRARO MENDOZA y JOHNNY JOCSAN SALAZAR DUARTE; autenticado ante la Oficina Pública Notarial de San Antonio del Táchira, anotado bajo el No.20, To.....