En consecuencia este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Aclara la sentencia dictada en fecha 30 de Julio de 2015, en el sentido que la fecha del acta de nacimiento es 27 de Noviembre de 1966, tal y como se evidencia en la copia de la partida de nacimiento que corre inserta a los folios 17 y 18 del presente expediente y no como erróneamente fue indicado en la sentencia y en los oficios aludidos. Téngase el presente auto como complemento de la decisión dictada por este tribunal en fecha 30-07-2015. Expídase copia certificada a la parte interesada. Cúmplase.