Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, actuando en sede de Protección del Niño, Niña y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la pretensión de Fijación de la Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana MARÍA IRMA PARRA JIMENEZ, en nombre y representación de su hijo, el niño (se omite el nombre por disposición de Ley) en contra del ciudadano JOSE VALENTIN CAMERO RAMIREZ. Todos suficientemente identificados en la presente decisión.
SEGUNDO: Se Fija la Obligación de Manutención que el ciudadano JOSE VALENTIN CAMERO RAMIREZ, debe depositar a favor de su hijo (se omite el nombre por disposición de Ley) en la cantidad de Cuatrocientos Cincuenta Bolívares (Bs.450,oo) mensuales; como Cuota Extraordinaria, para el mes de septiembre de cada año, la cantidad .....