En fuerza de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, procediendo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE LA PRESENTE DEMANDA DE DESALOJO, interpuesta por la ciudadana INES TILES DE STEINMANDER, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-17.300.089, a través de su apoderada abogada en ejercicio ZAIDE ELYNORE BURGOS FLORES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.606.483, inscrita en el Inpreabogado bajo N° 100.361, contra la SOCIEDAD MERCANTIL ZAGA DISTRIBUCIONES C.A, registrada por ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, el 11 de Enero del año 2008, bajo el número 13, tomo 1-A, representada por su presidente ciudadano ANGEL SEGUNDO URDANETA PAZ, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° .....