Por cuanto se observa que la última actuación realizada en la presente causa se realizó en fecha 27 de octubre de 2014, con la consignación de las resultas negativas de notificación de la parte accionada, sin que hasta los momentos la parte demandante haya impulsado nuevamente la notificación del SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA LEÓN COHEN, COMPAÑÍA ANÓNIMA (SINTRALECOHENTÁCHIRA), este Tribunal observa como quiera que de autos se desprende en el presente juicio, desde el día 09 de octubre de 2014, la parte accionante, no ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido el lapso establecido en los artículos 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, los cuales establecen:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en .....