Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara; LA PÉRDIDA DEL INTERÉS de la solicitud de Declaración de Únicos Universales Herederos presentado por los ciudadanos JUAN CARLOS ESCALONA SANCHEZ Y YOSELIN WILSMARY PASTOR ESCALONA SANCHEZ, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-7.99.6.548 y V-22.336.823, respectivamente