UNICO: DECLARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del ciudadano IGNACIO ORTEGA ZAMBRANO de nacionalidad venezolana, natural de San Cristóbal, Estado Táchira; nacido el día 13-09-1.969, de 33 años de edad, de profesión u oficio del electricista, hijo de Isidro Antonio Ortega (F) y María Albertina Zambrano (v), domiciliado en el Pasaje Yagual, entre calles 09 y 10, casa N° 09-09, Puente Real, cerca de la Zona Industrial, Estado Táchira; en virtud de haber finalizado el plazo de Régimen de Prueba impuesto el día 12-09-2.002, por la comisión de los delitos de AMENAZAS Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículos 17 y 20 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de María Albertina Zambrano, todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 numeral 7° y 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de haberse cumplido el plazo de Régimen de Prueba impuesto el.....