TERCERO: CONDENA al imputado DARLIN ALBERTO VELANDRIA VILLAMIZAR, natural del Piñal Estado Táchira, nacido en fecha 31-08-09-1987, de 26 años de edad, indocumentado, de profesión u oficio Buhonero, de estado civil soltero, residenciado en Avenida Cruz Paredes, centro de Barinas, al lado del Estadio, Estado Barinas; por la presunta comisión del delito de TRAFICO ILÍCITO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 149 en concordancia con el numeral 11 del artículo 163 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, a cumplir la pena de 12 AÑOS DE PRISIÓN y a las accesorias de Ley, establecidas en el artículo 16 del Código Penal. CUARTO: Se exonera al acusado DARLIN ALBERTO VELANDRIA VILLAMIZAR, del pago de las costas procesal, de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 254 Código Orgánico Procesal Pen.....