Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Actuando en este Acto con funciones de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de La Ley, Declara:
PRIMERO: Se Declara Con Lugar la Solicitud de Ofrecimiento de Obligación de Manutención, efectuada por el ciudadano JOSE ALEXANDER ZAMBRANO CASANOVA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.677.838, domiciliado en Barrio el Paraíso, calle 7 entre carreras 1 y 2 N° 1-55, San Juan de Colón, Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a favor de su hijo ..., representado por su señora madre, ciudadana MARIA LEONELA CASANOVA RAMIREZ y en consecuencia, se FIJA la cantidad de Bs. F. 100 MENSUALES como monto de obligación de Manutención a favor del niño supra citado deberán ser depositados en la cuenta de Ahorro que se aperturara.-
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